Ahora que llega el verano y muchos realizareis viajes por carretera, teneis que tener en cuenta que habrá muchos controles de velocidad y debeis saber ciertas cosas sobre los radares.

1. Margen de tolerancia de los radares: 

Existe una regla denominada “tolerancia 7″ que determina el margen de error de los radares. Cuando el límite es inferior a 100, para saber la velocidad a la que será sancionado, suma 8 km/h (el margen es de siete). Es decir, si va 38  o 98 km/h cuando el tope es de 30 o 90 km/h, respectivamente, ya tendrá multa. Por encima de los 100 km/h, el margen es del 7%. Por ejemplo, en un tramo de 120, el radar se activará a 131 km/h ya que si a esta última cifra le resta el 7% salen 121 km/h, uno por encima del límite. Este margen no se aplicará a las sanciones de los helicópteros Pegasus.

2. Los radares pueden discriminar por tipo de vehículo: 

El radar actualmente puede saber si el vehículo que está controlando es un coche, moto, furgoneta o camión. Esto lo hacen porque, por ejemplo las furgonetas o camiones tienen unos límites más restrictivos que los turismos y motos. Hasta ahora, sólo eran multados si rebasaban los limites fijados para un turismo o moto. Es decir, donde el camión no deberia pasar de 90 Km/h, podían ir a 120 km/h.

3. Los radares móviles estarán anunciados: 

Tienen que ser visibles para los conductores, aunque no se avisara de su presencia cuando estén patrullando (radar móvil con coche en movimiento).

4. ¿Dónde consultar los tramos donde están los radares fijos?

En la página web de la D.G.T (www.dgt.es). Aunque la lista se irá renovando, por tanto, se deberá actualizar la base de datos del navegadores o del avisador de radar.

Avisador: Dispone de un chip GPS y una base de datos, actualizable que informa de los radares fijos, emitiendo un sonido.(PERMITIDO)

Detector de radar: Detecta la frecuencia de los cinemómetros, rastreando por ondas los radares fijos y móviles. (PROHIBIDO, multa GRAVE de 200 € y pérdida de 3 puntos del permiso de conducir).

Inhibidor de radar: Corta el funcionamiento del cinemómetro, mandando una señal a este e impidiendo su correcto funcionamiento. (PROHIBIDO, multa MUY GRAVE de 6000 € y pérdida de 6 puntos del permiso de conducir).

5. ¿Cómo son las sanciones?

Una falta por velocidad es grave o muy grave. La sanción oscila entre 100 euros y 600 euros, con o sin retirada de puntos y los excesos más graves son delito.

Todo esto, no aplicará en Cataluña ni el Pais Vasco, donde Tráfico tiene las competencias transferidas, ni tampoco en poblado, donde la responsabilidad es de los ayuntamientos.

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